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Autoridad marital, potestad marital o jefatura marital son expresiones de honda raigambre en el Derecho histórico y comparado, que hacen referencia al poder atribuido al marido sobre la persona y los bienes de la mujer que esta debe, por imposición, obedecer y respetar.[1]
Fundamentada en diversos argumentos, entre los que predomina la idea de que la mujer es un ser inferior necesitado de la protección que el marido debe prestarle, la autoridad marital es, desde 1967, una manifestación de discriminación de la mujer que los Estados firmantes de la CEDAW están obligados a eliminar esta reforma.